Autoconsumo Colectivo en Edificios
Instalar energía solar en un edificio residencial es totalmente legal y está regulado por el Real Decreto 244/2019 de Autoconsumo Colectivo.
Mayorías necesarias en la Junta de Propietarios:
- Uso exclusivo para zonas comunes: Requiere aprobación por mayoría simple (1/3 de las cuotas de participación).
- Uso para vecinos participantes: Requiere aprobación de 1/3 de los propietarios. Los vecinos que no deseen participar no pagan nada y no se benefician de la energía.
Coeficientes de Reparto (kWh):
La energía producida se distribuye entre los vecinos participantes según un acuerdo de reparto (porcentaje fijo o dinámico según metros o inversión realizada por cada piso).