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AUTOCONSUMO7 min de lectura • Actualizado el 2026-07-19 por Elena Gómez, Asesora Energética

Placas Solares en Comunidad de Vecinos: Normativa y Reparto

Paso a paso para instalar autoconsumo colectivo en un edificio de viviendas. Votaciones de junta, coeficientes de reparto y subvenciones.

Índice de Contenidos
  • Autoconsumo Colectivo en Edificios
  • Mayorías necesarias en la Junta de Propietarios:
  • Coeficientes de Reparto (kWh):

Autoconsumo Colectivo en Edificios



Instalar energía solar en un edificio residencial es totalmente legal y está regulado por el Real Decreto 244/2019 de Autoconsumo Colectivo.

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Mayorías necesarias en la Junta de Propietarios:

- **Uso exclusivo para zonas comunes**: Requiere aprobación por mayoría simple (1/3 de las cuotas de participación). - **Uso para vecinos participantes**: Requiere aprobación de 1/3 de los propietarios. Los vecinos que no deseen participar no pagan nada y no se benefician de la energía.

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Coeficientes de Reparto (kWh):

La energía producida se distribuye entre los vecinos participantes según un acuerdo de reparto (porcentaje fijo o dinámico según metros o inversión realizada por cada piso).

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